Coincidencia |
Manifiesto de los Persas |
Juan Ignacio Gorriti |
La democracia es nociva |
“la democracia se funda en la inestabilidad e inconstancia; y de su misma formación saca los peligros de su fin” (n. 20). “la paz, y es tan difícil en la democracia” (n. 22). |
“... el resto de las repúblicas democráticas ha estado siempre en presa dé las intrigas de los malvados que sacrificaban los intereses públicos á la satisfaccion de pasiones innobles... Los inconvenientes de la democracia pura han sido sentidos por todos los Estados modernos que han adoptado las formas republicanas.” |
Pacto entre rey y pueblo |
“era Rey constituido, su autoridad estaba sellada con el consentimiento del Pueblo, y este mutuo lazo era la garantía que hacía inalterable la antigua Constitución española, en cuya buena fe y confianza descansaron al concluir su juramento y proclama” (n. 127). “y la monarquía no para el Rey, sí para utilidad del vasallo fue establecida” (n. 128). |
“el esplendor con que brillan los monarcas, ó es fruto de antiguos y grandes latrocinios, ó dádivas voluntarias de los pueblos, para que se consagren enteramente à velar por la prosperidad de la comunidad, y la observancia de las leyes que promueven” |
El gobierno absoluto, sin consentimiento de los gobernados, también es legítimo y hasta necesario |
“ha sido necesario que el poder Soberano fuese absoluto, para prescribir a los súbditos todo lo que mira al interés común” (n. 134). |
“será un verdadero representante del pueblo cuales quiera que le procure leyes q´ hagan su bien estar y mejoren su condicion... Si Pedro hubiera esperado el consentimiento de un pueblo rústico y supersticioso, hasta hoy estarian los rusos sumergidos en su antigua barbarie.” |
La Constitución refrena el poder |
“Hay entre el Príncipe y el Pueblo ciertas convenciones que se renuevan con juramento en la consagración de cada Rey: hay leyes, y cuanto se hace contra sus disposiciones es nulo en derecho” (n. 134). |
“Lo que se ha llamado leyes fundamentales, gran carta, pacto social, y modernamente constituciones de los Estados, no es otra cosa que las precauciones que en cada país se han tomado para evitar que la autoridad constituida para defenderlos sea la primera en invalidarlos.” |
La Constitución española garantizaba los derechos del hombre |
“En un gobierno absoluto las personas son libres, la propiedad de los bienes es tan legítima e inviolable, que subsiste aun contra el mismo Soberano que aprueba el ser compelido ante los tribunales, y que su mismo Consejo decida sobre las pretensiones que tienen contra él sus vasallos. El Soberano no puede disponer de la vida de sus súbditos, sino conformarse con el orden de justicia establecido en su Estado” (n. 134). |
“… baste decir que en todas las legislaciones conocidas que merezcan este nombre, estan reconocidos y protegidos el derecho de cada individuo, á su vida, á su honor, y á sus propiedades.” |
La República, mejor gobierno |
“Los Monarcas gozaban de todas las prerrogativas de la soberanía, y reunían el poder ejecutivo y la autoridad legislativa; pero las Cortes en Castilla con su intervención templaban y moderaban este poderío” (n. 109). “... uno debe ser el Príncipe, porque el gobierno de muchos es perjudicial” (n. 128). “Es arriesgado que todo dependa de uno solo, sujeto a dejarse gobernar ciegamente; y es más infelicidad por razón opuesta, que todo dependa de muchos que no se pueden conciliar” (n. 135). |
“... los pueblos mas avanzados en civilizacion han preferido el sistema de representantes elegidos de entre ellos... debe preferirse el sistema de division de poderes, en que la facultad de hacer leyes reside en un cuerpo de apoderados del pueblo, y el cuidado de hacerlas ejecutar, y aplicar los casos particulares, en ciudadanos escogidos tambien para esto, al poder de uno solo para hacer y ejecutar sus leyes.” |
Despotismo del antiguo sistema |
“... comenzado el despotismo ministerial con la venida del Señor D. Carlos I, principió a padecer la observancia de la Constitución que tenía esta monarquía... mas desde aquella época hasta hoy los asuntos políticos de mayor gravedad, y los casos que con propiedad eran de Cortes, se resolvieron sin estas por los Ministros, y reputaron como asuntos privativos de gabinete” (n. 112). “... lo que se verificó hasta el tiempo de la dominación austríaca en España, tiempo en que empezó el abuso y arbitrariedad de los ministros … excusando los ministros cuanto les fue posible la convocación de Cortes, a pretexto de la libertad...” (n. 108). |
“... y con pretesto de afianzar la paz de la Europa, formaron el proyecto de reducir los pueblos á rebaños estúpidos... El imperio del mundo y la facultad de dictar leyes al género humano, quedó reservada en los consejos de estos potentados á las solas testas coronadas ; y à los pueblos la obediencia pasiva.” |
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