sábado, 17 de abril de 2021

¿Era Esteban Echeverría un laicista?

Esteban Echeverría es considerado un ideólogo precursor de la Constitución de 1853. Entonces se alega que la Constitución susodicha no es confesional porque el mismo Echeverría decía:

  “El Estado, como cuerpo político, no puede tener una religión, porque no siendo persona individual, carece de conciencia propia”.

Y que: “el dogma de la religión dominante es […] injusto y atentatorio a la igualdad, porque pronuncia excomunión social contra los que no profesan su creencia, y los priva de sus derechos naturales, sin eximirlos de las cargas sociales”, razón por la cual “el principio de la libertad de conciencia jamás podrá conciliarse con el dogma de la religión del Estado”.

Esto lo dice laicismo.org: https://laicismo.org/argentina-acerca-del-art-2-de-la-constitucion/152852 


Sin embargo, si analizamos el texto completo de donde se sacan las citas tendremos una visión muy distinta del pensamiento verdadero de Echeverría, que denotará cómo la cita de laicismo.org está descontextualizada. Porque si a alguien se acerca Echeverría en cuanto a pensamiento es a la doctrina católica, antes que a los laicistas.

 

Esteban Echeverría, Dogma Socialista, IV

Consideraciones, señalamiento de errores y demás. 

La religión natural es aquel instinto imperioso que lleva al hombre a tributar homenaje a su Creador.36

 

Las relaciones del hombre con Dios son como las de hijo a padre, de una naturaleza moral. Siendo Dios la fuente pura de nuestra vida y facultades, de nuestras esperanzas y alegrías, nosotros en cambio de estos bienes le presentamos la única ofrenda que pudiera apetecer, el tributo de nuestro corazón.

 

Pero la religión natural no ha bastado al hombre, porque careciendo de certidumbre, de vida y de sanción, no satisfacía las necesidades de su conciencia; y ha sido necesario que las religiones positivas que apoyan su autoridad sobre hechos históricos, viniesen a proclamar las leyes que deben regir esas relaciones íntimas entre el hombre y su Creador.

 

La mejor de las religiones positivas es el Cristianismo, porque no es otra cosa que la revelación de los instintos morales de la humanidad.

 

  —125→ 

El Evangelio es la ley de Dios, porque les la ley moral de la conciencia de la razón.

 

El cristianismo trajo al mundo la fraternidad, la igualdad y la libertad, y rehabilitando al género humano en sus derechos, lo redimió. El Cristianismo es esencialmente civilizador y progresivo.

 

El mundo estaba sumergido en las tinieblas y el verbo de Cristo lo iluminó, y del caos brotó un mundo. La humanidad era un cadáver y recibió con su soplo la vida y la resurrección.

 

El Evangelio es la ley de amor, y como dice el apóstol Santiago, la ley perfecta, que es la ley de la libertad. El Cristianismo debe ser la religión de las democracias.

 

Examinadlo todo y escoged lo bueno, dice el Evangelio; y así ha proclamado la independencia de la razón y de la libertad de conciencia; porque la libertad consiste principalmente en el derecho de examen y de elección.

 

Toda religión presupone un culto. El culto es la parte visible o la manifestación exterior de la religión, como la palabra es un elemento necesario del pensamiento.

 

La religión es un pacto tácito entre Dios y la conciencia humana; ella forma el vínculo espiritual que une a la criatura con su Hacedor. El hombre deberá por consiguiente encaminar su pensamiento a Dios del modo que lo juzgue más conveniente. Dios es el único juez de los actos de su conciencia y ninguna autoridad terrestre debe usurpar esa prerrogativa   —126→   divina, ni podrá hacerlo aunque quiera, porque la conciencia es libre.

 

Reprimida la libertad de conciencia, la voz y las manos ejercerán, si se quiere automáticamente, las prácticas de un culto; pero el corazón renegará dentro de sí mismo y guardará en su santuario inviolable la libertad.

 

Si la libertad de conciencia es un derecho del individuo, la libertad de cultos es un derecho de las comunidades religiosas.

 

Reconocida la libertad de conciencia, sería contradictorio no reconocer también la libertad de cultos, la cual no es otra cosa que la aplicación inmediata de aquélla.

 

La profesión de las creencias y los cultos sólo serán libres cuando no se ponga obstáculo alguno a la predicación de la doctrina de las primeras, ni a la práctica de los segundos, y cuando los individuos de cualquier comunión religiosa sean iguales en derechos civiles y políticos a los demás ciudadanos.

 

La sociedad religiosa es independiente de la sociedad civil; aquélla encamina sus esperanzas a otro mundo, ésta las concentra en la tierra; la misión de la primera es espiritual, la de la segunda temporal. Los tiranos han fraguado de la religión cadenas para el hombre, y de aquí ha nacido la impura liga del poder y el altar.

 

No incumbe al gobierno reglamentar las creencias, interponiéndose entre Dios y la conciencia humana, sino escudar los principios conservadores de la sociedad   —127→   y tener bajo su salvaguardia la moral social.

 

Si alguna religión o culto tendiese pública o directamente, por actos o por escritos, a herir la moral social y alterar el orden, será del deber del gobierno obrar activamente para reprimir sus desafueros.

 

La jurisdicción del Gobierno en cuanto a los cultos, deberá ceñirse a velar para que no se dañen entre sí, ni siembren el desorden en la sociedad.

 

El Estado, como cuerpo político, no puede tener una religión, porque no siendo persona individual, carece de conciencia propia.

 

El dogma de la religión dominante es además injusto y atentatorio a la igualdad, porque pronuncia excomunión social contra los que no profesan su creencia, y los priva de sus derechos naturales, sin eximirlos de las cargas sociales.

 

El principio de la libertad de conciencia jamás podrá conciliarse con el dogma de la religión del Estado.

 

Reconocida la libertad de conciencia, ninguna religión debe declararse dominante, ni patrocinarse por el Estado; todas igualmente deberán ser respetadas y protegidas, mientras su moral sea pura y su culto no atente al orden social.

 

La palabra tolerancia, en materia de religión y de cultos no anuncia sino la ausencia de libertad y envuelve una injuria contra los derechos de la humanidad. Se tolera lo inhibido o lo malo; un derecho se reconoce y se proclama. El espíritu humano es una   —128→   esencia libre; la libertad es un elemento indestructible de su naturaleza y un don de Dios.

 

El sacerdote es ministro del culto; el sacerdocio es un cargo público. La misión del sacerdote es moralizar; predicar fraternidad, caridad, es decir, la ley de paz y de amor, la ley de Dios.

 

El sacerdote que atiza pasiones y provoca venganzas desde la cátedra del Espíritu Santo, es impío y sacrílego.

 

Amad a vuestro prójimo como a vosotros mismos: amad a vuestros enemigos, dice Cristo; he aquí la palabra del sacerdote.

 

El sacerdote debe predicar tolerancia, no persecución contra la indiferencia o la impiedad. La fuerza hace hipócritas, no creyentes, y enciende el fanatismo y la guerra.

 

«¿Cómo tendrán fe en la palabra del sacerdote si él mismo no observa la ley? El que dice que conoce a Dios y no guarda sus mandamientos es mentiroso y no hay verdad en él».37

 

«Nosotros no exigimos obediencia ciega, dice San Pablo, nosotros enseñamos, probamos, persuadimos: Fides suadenda non imperanda, repite San Bernardo».

 

La misión del sacerdote es exclusivamente espiritual, porque mezclándose a las pasiones e intereses mundanos, compromete y mancha la santidad de su ministerio y se acarrea menosprecio y odio en lugar de amor y veneración.

 

  —129→ 

Los vicarios y ministros de Cristo no deben ejercer empleos ni revestir autoridad alguna temporal: Regnum meum non est de hoc mundo, les ha dicho su divino maestro y así les ha señalado los límites del gobierno de su Iglesia.

 

Los eclesiásticos, como miembros del Estado, están bajo su jurisdicción y no pueden formar un cuerpo privilegiado y distinto en la sociedad. Como los demás ciudadanos estarán sujetos a las mismas cargas y obligaciones, a las mismas leyes civiles y penales y a las mismas autoridades. Todos los hombres son iguales; sólo el mérito y la virtud engendran supremacía.38

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


1.Que el hombre deba encaminarse como lo juzgue conveniente no significa que no tenga obligación moral de buscar la verdad (que es objetiva) y abrazarla.

En efecto, Dios es único juez de su conciencia y la legislación humana no puede meterse en ello. Pero de eso no se sigue que no se pueda castigar al que obra mal con apostasía, herejía o cisma. Si así no fuera, la Iglesia no podría castigar con excomunión. Y si se puede lo más (pena eclesiástica) se puede lo menos (pena civil). 

 

 



2.En efecto, pero derecho que puede ser limitado en pos del bien común.

 

 

 

 

 

 

3.La práctica y la prédica sí pueden ser restringidas cuando afectan el bien común.

 

 

 

 

4.Necesariamente tiene que haber alianza entre poder y altar, como la tiene que haber entre poder y verdad, entre poder y bien.

 

 

 

5.Concedo. Pero el gobierno, como institución, tiene obligación de sostener, promover y defender la verdad en cualquier ámbito. Y si lo hace en el moral lo debe hacer también en el religioso.

 

 

6.Lo que ya dijimos en los puntos 2 y 3.

 

 

 

 7.Y a sostener el culto verdadero y a reconocer las consecuencias sociales de la verdadera religión.

 

8.El Estado debe imponerse a sí mismo unas obligaciones basadas en una cosmovisión fundamentada en la verdad. Como tal, ha de tener una cosmovisión religiosa que le señale sus poderes, sus límites y obligaciones al momento de gobernar y legislar. De ahí que al decir que hay Religión de Estado solo se quiere expresar que el Gobierno, por ejemplo, reconoce el matrimonio sacramental como verdadero matrimonio  le reconoce sus derechos. Es decir, se pone a sí mismo un límite, admitiendo que en ese campo no es el Estado el que crea el matrimonio, sino que solo le queda reconocerlo.  Esto es importante, porque en la Francia revolucionaria el Estado se inventó el matrimonio civil y el divorcio y dejó de reconocer la validez del matrimonio sacramental, porque negó que éste fuera matrimonio a los ojos del Estado. Y eso hablando solo de un punto, el matrimonio. 

 




9.Cada cual usa los términos que prefiere según distinta consideración del asunto. En efecto, se tolera lo malo porque una falsa religión es eso, falsa, y como tal: mala. Y por tanto no tiene derecho de ser. Quien tiene derecho es la persona a que no se le mande obrar contra su conciencia. Por otro lado, el mismo Echeverría acaba de decir que el límite de la libertad es herir la moral social y alterar el orden. Por lo que él mismo está admitiendo que la tolerancia es hasta cierto punto. En fin, es una mera cuestión quisquillosa irrelevante porque al final tanto él como la doctrina católica terminan diciendo lo mismo: la libertad de culto tiene límite y por eso se habla de tolerancia.


 

 

 Por lo visto hasta ahora, está claro que Esteban Echeverría no era un laicista. Defender la libertad de cultos no es ser laicista. Y es cierto que dice que el Estado, como cuerpo político, no puede tener religión porque religión tienen las personas que tienen intelecto y voluntad (conciencia). Pero decir eso tampoco es abogar por el Estado laico (en el sentido en que lo interpretan los laicistas actuales: legislar sin tener ninguna consideración por alguna verdad religiosa, como si Dios y el alma no existieran, siendo religión y política dos cosas enteramente separadas), porque él mismo dice que "El Evangelio es la ley de amor, y como dice el apóstol Santiago, la ley perfecta, que es la ley de la libertad. El Cristianismo debe ser la religión de las democracias", y también "El Evangelio es la ley de Dios, porque es la ley moral de la conciencia de la razón".

 Por tanto, la legislación de las democracias ha de basarse en la ley moral cristiana, y en ello ha de tenerse en cuenta que el hombre tiene un alma inmortal y que está llamado a la bienaventuranza. Y siendo que el propósito de la ley es garantizar el bienestar general, es evidente que en este está incluido el bienestar del hombre íntegro en cuerpo y alma. Por lo que compete al Estado legislar favorablemente para el bienestar no solo material sino también moral.

 Y además, como se presupone la veracidad del cristianismo y su moral, se presupone a su vez el reconocimiento del matrimonio sacramental como verdadero matrimonio, y por tanto se rechaza el divorcio, a la vez que la poligamia. Sin olvidar, cómo no, el aborto o la eutanasia. 

Todas éstas eran cosas obvias que nadie vio necesidad en aclarar. 

Por lo que ni siquiera el más "laicista" que han argüido, Echeverría, era verdaderamente laicista.


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